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De la vivienda familiar

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             Imagen tomada de:  https://www.espacioasesoria.com/Noticias/atribucion-de-vivienda -familiar-en-caso -de-custodia-compartida             1.- Concepto             Se entiende por vivienda familiar el inmueble que se separa del patrimonio particular de una o más personas de forma voluntaria y se vincula directamente a una familia y que sirva de habitación a las y los integrantes de la misma. (Arto. 93 párrafo 1° Ley No. 870)             2.- Determinación             Es un principio rector del Código de Familia, promover y proteger la constitución de la vivienda familiar. (Arto. 2 inc. f   Ley No. 870)             La vivienda familiar comprende un inmueble destinado a la vivienda de todos los miembros de la familia. El valor catastral de la vivienda familiar no podrá exceder del equivalente en córdobas de la suma de (US$ 40,000.00) cuarenta mil dólares de los Estados Unidos de América.             La vivienda familiar deberá ser declarada por los cónyuges