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El derecho y los convencionalismos sociales

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El derecho y los convencionalismos sociales             1.- Puntos de contacto entre las normas jurídicas y los convencionalismos sociales             a.- Su carácter social.   No tendría ningún sentido hablar de los deberes sociales de un hombre aislado.             b.- La exterioridad de las dos especies de preceptos.             c.- La absoluta pretensión de validez. No se trata de invitaciones o consejos, sino de exigencias que reclaman un sometimiento incondicional, sin tomar en cuenta el consentimiento de los obligados.             Generalmente, los convencionalismos son exigencias tácitas de la vida colectiva, es decir, carecen de una formulación expresa y absolutamente clara; pero nada impide admitir la posibilidad de que se les formule e inclusive se les codifique.             2.- Tesis de Giorgio del Vecchio             La actividad humana puede hallarse sujeta a obligaciones que unas veces tienen una índole típicamente moral y otras asumen c